Da 2 Registro Electrónico de apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
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»D.A. 2ª. Entidades sin personalidad jurídica y representantes de las personas trabajadoras.
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1. Las referencias que se contienen en esta orden a las personas jurídicas deben entenderse hechas, asimismo, a las entidades sin personalidad jurídica, que solo podrán actuar como personas poderdantes.
2. Las referencias a las personas físicas comprenden, asimismo, a quienes ostenten la representación legal o sindical de las personas trabajadoras.
