Da 2 Reglamento que regula el sistema de acogida en materia de protección internacional
Ver Indice
»D.A. 2ª. Fórmulas de gestión.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Sin perjuicio de los mecanismos de colaboración a los que se refiere el artículo 24 del reglamento que se aprueba mediante este real decreto, el Gobierno llevará a cabo las actuaciones necesarias para la celebración de convenios con comunidades autónomas que contemplen fórmulas de gestión de los servicios de acogida e inclusión en el ámbito de la protección internacional.
