Da 2 Reguladora del Régimen de Subvenciones del País Vasco
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»D.A. 2ª.- Modificaciones de cuantías y porcentajes.
Se autoriza a la persona titular del departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi competente en materia de hacienda para que pueda modificar, mediante orden, las cuantías y porcentajes que se indican en los artículos de esta ley.