D.A. 20ª. Referencias catastrales en Navarra y el País Vasco.
- La Sentencia del TS de 20 de diciembre de 2017 estima en parte el recurso interpuesto contra el presente real decreto anulando las determinaciones relativas a la IT-01421. - Sentencia de 20 de diciembre de 2017, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso interpuesto contra el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de produccion de energia electrica a partir de fuentes de energia renovables, cogeneracion y residuos, y contra la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parametros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de produccion de energia electrica a partir de fuentes de energia renovables, cogeneracion y residuos, anula las determinaciones relativas a la IT-01421 y reconoce el derecho de la recurrente a ser indemnizada por los daños y perjuicios derivados de la aplicacion de los parametros retributivos derivados de la Orden IET/1045/2014, declarados nulos.
D.A. 20ª. Referencias catastrales en Navarra y el País Vasco.
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A los efectos previstos en este real decreto, se considerará que las instalaciones ubicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco o en la Comunidad Foral de Navarra se encuentran en una misma referencia catastral, cuando sea idéntica la codificación establecida a continuación, en lugar de considerar los catorce primeros dígitos aplicables en el resto del territorio español:
a) Para el Territorio Histórico de Álava, la codificación correspondiente al municipio, el polígono y la parcela.
b) Para el Territorio Histórico de Bizkaia, la codificación completa de nueve dígitos.
c) Para el Territorio Histórico de Gipuzkoa, la codificación correspondiente al municipio, el polígono y la parcela.
d) Para la Comunidad Foral de Navarra, la codificación correspondiente al municipio, el polígono y la parcela.
Para acreditar lo anterior, los titulares de las instalaciones suministrarán la referencia catastral de los inmuebles en los que se ubiquen las mismas con su codificación completa, indicando la correspondencia de cada grupo de dígitos reflejados (municipio, polígono, parcela, subparcela, unidad, dígitos de control, etc.).
- Artículo modificado (D.A. 20ª (se añade)) por Real Decreto 1073/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifican distintas disposiciones en los reales decretos de retribución de redes eléctricas.
(BOE de 28-11-2015) en vigor desde 29-11-2015
