Da 20 Seguridad aérea
Ver Indice
»D.A. 20ª. Cuantía aplicable a pasajeros en los viajes con destino a un aeropuerto del Reino Unido.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Hasta 28 de febrero de 2022 en los viajes con destino a un aeropuerto del Reino Unido, a los efectos de la fijación de importes de las prestaciones públicas patrimoniales por salida de pasajeros, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 78, y el servicio de asistencia de mayordomía ("catering"), de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 89.1.5, se aplicarán las cuantías por pasajeros vigentes para usuarios con destino al EEE.
Modificaciones
- Modificación realizada (D.A. 20ª) por Ley 8/2025, de 29 de septiembre, por la que se modifican la Ley 48/1960, de 21 de julio, sobre Navegación Aérea, y la Ley 21/2003, de 7 de julio, de Seguridad Aérea.
(BOE de 30-09-2025) en vigor desde 20-10-2025 - Artículo modificado (D.A. 20ª (se añade)) por Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
(BOE de 31-12-2020) en vigor desde 01-01-2021
