Da 21 Contratos Públicos
D.A. 21ª. Particularidades en los expedientes de adquisición pública de medicamentos.
1. Los medicamentos con protección de patente, determinado el precio y condiciones de financiación en el sistema público mediante resolución de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia del Ministerio de Sanidad, tras acuerdo de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos, podrán ser adquiridos mediante procedimiento negociado sin convocatoria de licitación por el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. En su tramitación, atendiendo a la especial naturaleza de las necesidades a cubrir se exigirá, exclusivamente, lo siguiente:
a) Justificación de la necesidad y de la existencia de crédito.
b) Documento de aceptación de las condiciones del contrato, debidamente firmado.
c) Resolución de la Dirección Gerencia del SNS-O aprobando el gasto y el contrato.
Estos contratos serán objeto de publicidad conforme a lo previsto por el artículo 102.1 de esta ley foral.
2. (Suprimido)
- Modificación realizada (D.A. 21ª (apdo. 2, se suprime)) por LEY FORAL 2/2024, de 13 de marzo, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2024.
(BON de 14-03-2024) en vigor desde 15-03-2024 - Modificación realizada (D.A. 21ª) por LEY FORAL 35/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2023.
(BON de 30-12-2022) en vigor desde 31-12-2022 - Artículo modificado por LEY FORAL 17/2021, de 21 de octubre, por la que se modifica la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos.
(BON de 02-11-2021) en vigor desde 03-11-2021