Da 22 Presupuestos 2013 C. Valenciana
D.A. 22ª. De las medidas excepcionales en materia de reconocimiento y progresión de la carrera profesional y el desarrollo profesional
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1. Con efectos 1 de enero de 2013 y hasta el 31 de diciembre de 2013, por razones de interés general derivadas de una alteración sustancial de las circunstancias económicas que permitieron el establecimiento de la carrera profesional y el desarrollo profesional para determinado personal que desarrolla su actividad en el marco de la estructura orgánica y funcional de la Conselleria de Sanidad y de las personas jurídicas que conforman el sector público autonómico dependiente de la misma, devienen inaplicables los decretos del Consell 66/2006, de 12 de mayo, 85/2007, de 22 de junio, y 173/2007 de 5 de octubre, así como la normativa dictada en desarrollo o ejecución de los mismos, en lo que se refiere a:
el derecho de acceso a la carrera profesional y al desarrollo profesional en el momento de su primera incorporación definitiva al puesto, y el derecho a la progresión en los grados de carrera profesional y desarrollo profesional.
2. El importe de las retribuciones correspondientes a los complementos de carrera profesional y desarrollo profesional del personal a que se refiere la presente disposición adicional, en el año 2013, no podrá ser superior al importe vigente a 31 de diciembre de 2012, y en todo caso dicho importe deberá respetar las cuantías establecidas al efecto en el artículo 11 del Decreto ley 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana.
