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LEY 11/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2013. - Diario Oficial de la Generalitat Valenciana de 31-12-2012

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Ambito: Comunidad Valenciana

Estado: VIGENTE. Validez desde

Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT

Boletín: Diario Oficial de la Generalitat Valenciana Número 6933

F. Publicación: 31/12/2012

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO I. De la aprobación de los presupuestos
CAPÍTULO I. Contenido, créditos iniciales
Artículo 1. Contenido Artículo 2. Créditos iniciales Artículo 3. Financiación de los créditos iniciales
CAPÍTULO II. Beneficios fiscales
Artículo 4. Beneficios fiscales
TÍTULO II. De la gestión presupuestaria de los gastos
CAPÍTULO I. Normas generales de la gestión
Artículo 5. Créditos en función de objetivos y programas Artículo 6. Principios de gestión Artículo 7. Carácter limitativo de los créditos Artículo 8. Gestión integrada y su contabilización Artículo 9. Del Fondo de Contingencia
CAPÍTULO II. Gestión de los presupuestos docentes no universitarios
Artículo 10. Gestión económica en los centros docentes públicos no universitarios Artículo 11. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados Artículo 12. Indemnizaciones del profesorado afectado por la modificación de conciertos Artículo 13. Control financiero de los centros docentes públicos no universitarios
CAPÍTULO III. Gestión de los presupuestos universitarios
Artículo 14. Del coste autorizado y de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera en el ámbito de las universidades públicas dependientes de la Generalitat Artículo 15. Financiación de Inversiones y de las subvenciones de carácter genérico a las universidades públicas dependientes de la Generalitat Artículo 16. Rendición de cuentas y control financiero en el ámbito de las universidades públicas dependientes de la Generalitat
CAPÍTULO IV. Gestión de los créditos para gastos de reconocimiento preceptivo
Artículo 17. De los créditos para gastos de reconocimiento preceptivo
CAPÍTULO V. Normas para la modificación de los presupuestos
Artículo 18. Principios generales Artículo 19. Competencias del Consell para autorizar modificaciones presupuestarias Artículo 20. Competencias de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública para autorizar modificaciones presupuestarias Artículo 21. Competencias de las consellerias para autorizar modificaciones presupuestarias Artículo 22. Instrumentación y ejecución de las modificaciones presupuestarias
TÍTULO III. De los gastos de personal
CAPÍTULO ÚNICO. Delimitación del sector público valenciano y régimen retributivo de aplicación al mismo
Artículo 23. Delimitación del sector público valenciano Artículo 24. De los gastos del personal al servicio del sector público valenciano Artículo 25. Régimen retributivo del personal del sector público valenciano sometido a régimen administrativo y estatutario Artículo 26. Retribuciones de las personas que ocupen puestos de altos cargos del Consell, de la administración de la Generalitat y del personal directivo del sector público valenciano Artículo 27. Indemnización por cese a las personas que desempeñen puestos de altos cargos del Consell y de la Administración de la Generalitat Artículo 28. Retribuciones de los funcionarios de la Generalitat incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana Artículo 29. Retribuciones del personal al servicio de las instituciones sanitarias Artículo 30. Retribuciones del personal eventual Artículo 31. Régimen retributivo del personal laboral del sector público valenciano Artículo 32. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario Artículo 33. De la oferta de empleo público u otro instrumento similar de gestión de la provisión de necesidades de personal Artículo 34. De la contratación de personal laboral con cargo a los créditos para inversiones
TÍTULO IV. Gestión de las transferencias corrientes y de capital
CAPÍTULO ÚNICO. De las transferencias
Artículo 35. Transferencias corrientes y de capital excepcionadas del régimen general
TÍTULO V. De las operaciones financieras
CAPÍTULO ÚNICO. Deuda pública, operaciones de tesorería y avales de la Generalitat
Artículo 36. De la deuda pública Artículo 37. De la Deuda pública a corto plazo Artículo 38. Avales de la Generalitat Artículo 39. Avales del Instituto Valenciano de Finanzas Artículo 40. Asunción por la Generalitat de la carga de la deuda para 2013, de Ferrocarrils de la Generalitat Artículo 41. De las operaciones de crédito del sector público
TÍTULO VI. De las normas tributarias
CAPÍTULO I. De los impuestos indirectos
Artículo 42. Canon de Saneamiento
CAPÍTULO II. De las tasas y otros ingresos
Artículo 43. Tasas propias y otros ingresos de derecho público
TÍTULO VII. De la información a Les Corts
CAPÍTULO ÚNICO. De la información a las comisiones de Les Corts
Artículo 44. De la información de la Conselleria de Hacienda y Administración Publica
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. De los presupuestos de Les Corts, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valencià de Cultura, el Síndic de Greuges, el Consell Jurídic Consultiu, l Acadèmia Valenciana de la Llengua y el Comité Económico y Social D.A. 2ª. De las agricultoras y agricultores que se encuentren en situación de jubilación y sean titulares de explotaciones agrarias D.A. 3ª. De la adecuación de los complementos específicos D.A. 4ª. De la estructura de la contabilidad presupuestaria D.A. 5ª. Del porcentaje a aplicar en los convenios para la compensación financiera D.A. 6ª. De la imputación de obligaciones reconocidas al presupuesto 2013 D.A. 7ª. De la información a suministrar por las entidades autónomas de carácter industrial, comercial, financiero o análogo D.A. 8ª. De las aportaciones de capital con cargo a los presupuestos de la Generalitat D.A. 9ª. De la tramitación anticipada de ayudas y becas de I+D+i D.A. 10ª. De la Agencia Valenciana de Salud D.A. 11ª. Del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana D.A. 12ª. De las entidades financieras D.A. 13ª. Del pago aplazado D.A. 14ª. De las encomiendas D.A. 15ª. De las operaciones de capital D.A. 16ª. De la financiación de las universidades públicas dependientes de la Generalitat D.A. 17ª. Autorización de unidades escolares en centros privados sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2013-2014 D.A. 18ª. Retención y compensación D.A. 19ª. De la información en materia de estabilidad y sostenibilidad D.A. 20ª. De la moratoria de actuaciones que impliquen el alta de entidades en el inventario de entes dependientes de la comunidad autónoma D.A. 21ª. Adaptación de las medidas de reestructuración del sector público empresarial y fundacional de la Generalitat D.A. 22ª. De las medidas excepcionales en materia de reconocimiento y progresión de la carrera profesional y el desarrollo profesional D.A. 23ª. De las retribuciones del personal de las sociedades mercantiles D.A. 24ª. Retribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia, competencia de la Generalitat D.A. 25ª. Otras medidas de control de los gastos de personal D.A. 26ª. De los acuerdos y pactos D.A. 27ª. Limitación retributiva de los contratos mercantiles del personal del sector público D.A. 28ª. Del personal interino y temporal D.A. 29ª. Del profesorado docente no universitario D.A. 30ª. Indemnizaciones por extinción de contratos mercantiles y de alta dirección y por despido del personal laboral del sector público de la Generalitat D.A. 31ª. Del cálculo de la prestación económica en los supuestos de incapacidad temporal D.A. 32ª. Otras medidas de control de los gastos corrientes D.A. 33ª. Extinción del Instituto Valenciano de Estadística
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. De las retribuciones del personal laboral D.T. 2ª. De los consorcios de bomberos D.T. 3ª. De los ajustes en el presupuesto derivados de organizaciones administrativas
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. De la coordinación con diputaciones D.F. 2ª. Del desarrollo y ejecución de la presente ley D.F. 3ª. De la modificación del Acuerdo de 13 de abril de 2007, del Consell D.F. 4ª. Entrada en vigor