Da 26 General Tributaria
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D.A. 26ª. Referencias normativas a paraísos fiscales, a países o territorios con los que no exista efectivo intercambio de información, o de nula o baja tributación.

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D.A. 26ª. Referencias normativas a paraísos fiscales, a países o territorios con los que no exista efectivo intercambio de información, o de nula o baja tributación.

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1. Las referencias efectuadas en la normativa del Territorio Histórico de Álava a paraísos fiscales, a países o territorios con los que no exista efectivo intercambio de información, o de nula o baja tributación, se entenderán efectuadas a la definición de jurisdicción no cooperativa de la Disposición Adicional Decimoquinta de la presente norma foral.

2. Se entenderán suprimidas las referencias efectuadas a los apartados 2, 3 y 4 de la Disposición Adicional Decimoquinta de la presente norma foral, en su redacción vigente hasta el 1 de enero de 2023.

3. Las referencias normativas efectuadas a estados con los que exista un efectivo intercambio de información tributaria o en materia tributaria, se entenderán efectuadas a estados con los que exista normativa sobre asistencia mutua en materia de intercambio de información tributaria en los términos previstos en la presente norma foral.

Modificaciones