Da 26 Presupuestos 2013 C. Valenciana
D.A. 26ª. De los acuerdos y pactos
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1. Con efectos de 1 de enero de 2013 se suspenden parcialmente todos los acuerdos y pactos sindicales firmados en el ámbito del personal funcionario y estatutario, y del laboral, al servicio del sector público valenciano, en los términos necesarios para la correcta aplicación de esta ley, y en concreto, las medidas de carácter económico. A tal efecto, y para hacer efectivo el mandato previsto en el apartado 2.b del artículo 24 de esta ley, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 32.2 y 38.10 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se suspenden las previsiones de los convenios, pactos y acuerdos contrarias a dicho mandato.
2. Las autorizaciones de la masa salarial por la conselleria competente en materia de hacienda a que se refiere el artículo 31 de esta ley, se hará teniendo en cuenta la minoración del concepto de acción social y la de los conceptos vinculados a aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación.
