Da 3 Calidad Ambiental
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 3ª. Exención de garantías financieras obligatorias.
Vigente
Quedan exentos de la obligación de constituir la garantía financiera obligatoria prevista en la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, los operadores de actividades susceptibles de ocasionar daños cuya reparación se evalúe por una cantidad comprendida entre 300.000 y 2.000.000 de euros que acrediten, mediante la presentación de certificados expedidos por organismos independientes, que están adheridos con carácter permanente y continuado, bien al Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS), bien al sistema de gestión medioambiental UNE EN ISO 14001:1996.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-03-2023 en vigor desde 13-04-2023