Da 3 Derechos y garantías de la dignidad de las personas en el proceso del final de la vida
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»D.A. 3ª. Cuidados paliativos.
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La administración sanitaria, para el mejor cumplimiento de lo establecido en la presente ley en relación con la prestación de cuidados paliativos, proporcionará una formación específica a sus profesionales y promoverá las medidas necesarias para disponer, en el Servicio de Salud del Principado de Asturias, del número y dotación adecuados de unidades de cuidados paliativos, concebidas como tales o como equipos de apoyo a la Atención Primaria y Especializada.
