Da 3 Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, cálculo de la capacidad económica y medidas de apoyo a personas cuidadoras no profesionales -Derogada-
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»D.A. 3ª.
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En el caso de que para el ejercicio 2015, no se revalorice el IPREM, el coeficiente T previsto en el Anexo I, se actualizará aplicando el porcentaje de revalorización general de las pensiones de la Seguridad Social de dicho ejercicio. El coeficiente J se incrementará aplicando el mismo porcentaje multiplicado por 0,75.
Este mismo criterio se aplicará en los siguientes años.
En el caso de que varíen las cuantías máximas de las prestaciones económicas, establecidas por la normativa estatal para cada uno de los tres grados, el coeficiente B se modificará en la misma proporción.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 3ª (se añade)) por ORDEN FAM/92/2014, de 12 de febrero, por la que se modifica la Orden FAM/644/2012, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.
(CL de 17-02-2014) en vigor desde 17-02-2014
