Da 3 se regula la inscrip...vinculados

Da 3 se regula la inscripción y funcionamiento del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, así como el régimen de adjudicación de viviendas protegidas de promoción pública y sus anejos no vinculados

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D.A. 3ª.- Convenios de cooperación.

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El Instituto Canario de la Vivienda facilitará a los ayuntamientos y a los cabildos insulares, para su suscripción, un modelo de convenio tipo en el que se establecerán las bases y condiciones necesarias para llevar a cabo la cooperación a la que se refiere el artículo 5 de este Decreto, así como la relativa a la implantación, inscripción y acceso a los datos del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.