Da 3 el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco
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»D.A. 3ª.- Reconocimiento de acreditación de competencia técnica y otras acreditaciones.
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El Departamento que tiene atribuidas las competencias en materia de medio ambiente reconocerá la validez de las acreditaciones o certificados de cumplimiento otorgadas por organismos oficiales de la Unión Europea, siempre que las condiciones y requisitos exigidos por dichos organismos sean equivalentes a los establecidos en el presente Decreto.
