Da 3 Utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública
D.A. 3ª.- Formación de empleados públicos.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias promoverá la formación del personal a su servicio en la utilización de medios electrónicos para el desarrollo de la actividad administrativa y la que resulte necesaria para la efectiva aplicación del presente Decreto.
2. A tal efecto, los órganos competentes en materia de procedimientos administrativos, gestión documental y archivos, administración electrónica y nuevas tecnologías, elaborarán el Plan de Formación en materia de Administración Electrónica para directivos y personal al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como la programación, evaluación y, en su caso, impartición, de las acciones formativas que lo integren, en colaboración con el Instituto Canario de Administración Pública.
