Da 4 Aprovechamiento eólico, canon eólico y Fondo de Compensación Ambiental
Ver Indice
»DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA. Régimen jurídico.
Vigente
En el procedimiento de autorizaciones administrativas de las instalaciones de parques eólicos serán de aplicación los artículos 50, 51 y 52 de la Ley 9/2021, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 4ª (se añade)) por LEY 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.
(G de 26-02-2021) en vigor desde 18-03-2021

