Da 4 Prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, capacidad económica de los beneficiarios y su participación en el coste de los servicios
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»D.A. 4ª. Régimen aplicable a las personas con discapacidad.
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Las personas con discapacidad a los que se les asigne una plaza en centros para personas con discapacidad incluidos en la Red de Centros y Servicios Sociales de Aragón, tengan o no grado de dependencia reconocido, ajustarán su participación en la financiación del coste de los servicios al régimen contenido en la Resolución de 26 de agosto de 1987, de la Dirección General del INSERSO, por la que se regulan los ingresos, traslados, permutas y liquidación de estancias en los centros residenciales para personas con discapacidad.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 4ª) por ORDEN de 16 de abril de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas de servicios de estancia diurna asistencial, estancia diurna ocupacional y alojamiento, ofertados por el Gobierno de Aragón.
(AR de 16-06-2015) en vigor desde 16-06-2015
