Da 4 Suspensión de la Ley 6/2006, del Defensor del Pueblo
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Da 4 Suspensión de la Ley 6/2006, del Defensor del Pueblo

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D.A. 4ª. Tramitación de las quejas pendientes.

Vigente

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Con el objeto de garantizar los derechos de los ciudadanos, y previa conformidad con los mismos, se remitirán al Defensor del Pueblo estatal las quejas que se hallen en tramitación a la entrada en vigor de esta ley.

A tal fin, la Comisión de Peticiones del Parlamento de La Rioja se hará cargo de los asuntos en trámite, adoptando las decisiones que convengan.