Da 4 Transparencia de la Actividad Pública
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»D.A. 4ª. Simplificación de los trámites y accesibilidad
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Los sujetos mencionados en los artículos 4 y 5 de la presente Ley garantizarán la simplificación de los trámites y la utilización de un lenguaje y canales de comunicación oral y escrita comprensibles, con el adecuado apoyo y asistencia a la ciudadanía, y promoverán medidas efectivas para la plena accesibilidad de las personas con limitaciones visuales, motrices, auditivas o cognitivas para el ejercicio de los derechos amparados por la presente Ley.
