Da 4 transpone directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas
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»D.A. 4ª. Facturación de consumos de energía eléctrica.
Vigente
Se habilita al Ministro de Industria, Energía y Turismo a adoptar las disposiciones necesarias para que las cantidades correspondientes a refacturaciones complementarias que deban realizarse a los consumidores de energía eléctrica en cumplimiento de resoluciones judiciales, siempre que el saldo a efectos de pago sea a abonar por el consumidor, puedan ser fraccionadas en tantas facturas como se determine que deberán emitirse antes del 31 de diciembre de 2012.

