Da 44 Presupuestos para e...de Aragón

Da 44 Presupuestos para el ejercicio 2023 de la Comunidad Autónoma de Aragón

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D.A. 44ª.- Ayuda directa a personas en situación de vulnerabilidad económica.

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1. Serán beneficiarios de una ayuda, en pago único, de 200 euros de cuantía las personas físicas titulares del Ingreso Mínimo Vital, de la Prestación Aragonesa Complementaria del mismo o de una pensión no contributiva de invalidez o jubilación. Dicha ayuda se imputará presupuestariamente a 5310/3132/480485. Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital.

2. El pago de la ayuda se efectuará, de oficio, por resolución administrativa de la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Servicios Sociales, en un abono único a las personas titulares de las prestaciones a las que se refiere el apartado anterior que figuren de alta como perceptores en el último mes del año. No obstante, en el supuesto de los titulares del Ingreso Mínimo Vital que no sean perceptores del complemento fijado en la Ley 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Aragonés de Inclusión Social, se pondrá a su disposición un formulario en el que deberá indicar la cuenta bancaria en la que se desee que se realice el abono y en el que se recogerá la posibilidad de oponerse expresamente a que por parte del Instituto Aragonés de Servicios Sociales se recaben los datos necesarios para gestión de esta ayuda.

3. La ayuda se hará efectiva, como máximo, dentro del primer semestre del año 2023 y se abonará mediante transferencia bancaria, entendiéndose notificado el acuerdo de concesión por la recepción de la transferencia.