Da 46 Presupuestos 2017 Canarias

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D.A. 46ª.- Contratos reservados.

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1. Los poderes adjudicadores deberán reservar un porcentaje mínimo de un 2 por 100 y máximo de un 4 por 100 del volumen de contratación del sector público autonómico del último ejercicio cerrado, a centros especiales de empleo, empresas de inserción, y a programas de empleo protegido, de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional quinta del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

2. La concreción de las cuantías resultantes y de los ámbitos, departamentos, organismos o contratos sobre los que se materializarán estas reservas, se realizará mediante acuerdo del Gobierno de Canarias, a propuesta conjunta de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda y de la Consejería de Hacienda, que deberá ser adoptado dentro de los dos primeros meses de este ejercicio.