Da 5 Régimen jurídico de las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana
D.A. 5ª. Medidas de impulso a la promoción de vivienda de protección pública
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En el ejercicio de las competencias establecidas en la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, la Generalitat podrá impulsar la aprobación de cuantas disposiciones normativas y/o programas de vivienda, así como acuerdos de colaboración con otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas con el objetivo de impulsar la promoción de vivienda de protección pública.
La Generalitat, a través de la conselleria competente en materia de vivienda o de las entidades del sector público de ella dependientes, podrá impulsar la promoción de proyectos de nueva construcción o rehabilitación de viviendas de protección pública en cualquiera de los regímenes de acceso, así como acuerdos de cesión y/o gestión, mediante mecanismos de colaboración público-privada.
