Da 5 transpone directivas en materia de mercados interiores de electricidad y gas y en materia de comunicaciones electrónicas
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»D.A. 5ª. Limitaciones al sobrecoste por cambio de combustible en los sistemas insulares y extrapeninsulares.
Vigente
Se habilita al Ministro de Industria, Energía y Turismo a establecer limitaciones al sobrecoste que puede ser asumido con cargo a los peajes de acceso derivado de los cambios de combustible que no se justifiquen por razones técnicas, en las centrales de generación de los sistemas eléctricos insulares y extrapeninsulares.

