Da 6 Acceso y ejercicio de profesiones de la actividad física y del deporte
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.A. 6ª.- Contratos de formación en alternancia.
Vigente
1.- Las cualificaciones profesionales previstas en esta ley para el acceso y ejercicio profesional no serán exigibles para las trabajadoras y los trabajadores con contratos de formación en alternancia, siempre que esa formación sea propia del ámbito de la actividad física y del deporte.
2.- Las trabajadoras y los trabajadores con contratos de formación en alternancia deberán inscribirse en el Registro de Profesionales de la Actividad Física y del Deporte del País Vasco.