Da 6 el que se regulan la...e La Rioja

Da 6 el que se regulan las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas en la Comunidad Autónoma de La Rioja

Ver Indice
»

D.A. 6ª. Viviendas destinadas a servicios turísticos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Este Decreto no se aplicará a las viviendas y edificaciones destinadas a servicios turísticos. A los efectos de aplicación de este Decreto, se entenderá que las viviendas y edificaciones se destinan a servicios turísticos, si el promotor presenta declaración responsable en la que conste de forma expresa el destino turístico de la actuación proyectada.

2. En el supuesto de que la obra esté terminada, la declaración responsable será sustituida por:

a) La comunicación de inicio de actividad que el promotor realiza en la Dirección General competente en materia de turismo y

b) La inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios Turísticos.

3. El cambio de uso turístico a vivienda deberá ser tramitada en la Dirección General competente en materia de vivienda, como supuesto previsto en el artículo 2.1 b).