Da 7 Instituciones Locales

Da 7 Instituciones Locales

Ver Indice
»

D.A. 7ª.- Directivos públicos profesionales.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 36.5 de la presente ley, el Gobierno Vasco, en el plazo de tres años desde su aprobación, podrá modificar el límite referido a la población establecido en el citado precepto, previo contraste con los ayuntamientos que hayan previsto la creación de dicho personal en su organización así como con la asociación de municipios de mayor implantación.