Da 7 Régimen de la contratación del sector público
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»D.A. 7ª.- Adecuación de las Mesas de contratación.
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En el plazo de 6 meses a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan la consideración de Administraciones Públicas procederán a adecuar la estructura de las mesas de contratación a las previsiones del artículo 8 del presente Decreto.
