Da 7 Reglamento General de Turismo

Da 7 Reglamento General de Turismo

Ver Indice
»

D.A. 7ª. Asignación de nuevas categorías a los campings.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los titulares de los campings deberán comunicar al órgano competente en materia de turismo, en el plazo de 3 meses desde la publicación de este Decreto, la categoría en estrellas que asignan a su establecimiento en función de las características del mismo. Recibida la comunicación se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 10 de esta norma.