Da 8 Consell, por el que se regula la atención a la ciudadanía, el registro de entrada y salida de escritos y la ordenación de las oficinas de registro en la Administración de la Generalitat
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»D.A. 8ª. Aplicación informática corporativa
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El sistema de información que gestionará el Registro Único de la Generalitat y sus entidades autónomas, vinculadas o dependientes, al que se refiere el presente decreto, se implementará por el órgano competente en materia de tecnologías de la información y la comunicación y se aprobará mediante Resolución de su titular en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor del presente decreto.
