Da 8 Ley de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible
- Con efectos de 1 de enero de 2018 se entiende derogada la presente norma al quedar vigentes únicamente los preceptos de modificaciones legislativas. - Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears
D.A. 8ª. Modificaciones en la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídi co de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears
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Se añade un nuevo apartado 3 al artículo 64 de la Ley 3/2003, con el siguiente contenido:
3. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, y sin perjuicio delas competencias de dirección que corresponden al Consejo de Gobierno, el órgano de contratación centralizada en el ámbito de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y de los entesdel sector público autonómico es el consejero competente en materia de contratación pública que, a estos efectos, puede declarar de contratación centralizada los suministros, las obras y los servicios que se contraten de forma general y con características esencialmente homogéneas porlos diferentes órganos de la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y por los entes del sector público autonómico.
