Da 8 Residuos y su Fiscalidad
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»D.A. 8ª. Flujos de residuos y distribución del fondo de residuos a partir del 1 de enero de 2024.
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A los efectos de la distribución del fondo de residuos a partir del 1 de enero de 2024, los residuos "domésticos" tendrán la consideración de "municipales", y el resto de residuos tendrán la consideración de "otros residuos".
Modificaciones
- Artículo modificado (D.A. 8ª) por LEY FORAL 36/2022, de 28 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
(NA de 30-12-2022) en vigor desde 01-01-2023
