Da 8 Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de ...iones de gas natural
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Da 8 Transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural

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D.A. 8ª. Nueva disposición adicional al Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía.

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Se introduce una nueva disposición adicional al Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía, quedando redactada del siguiente modo:

«DISPOSICIÓN ADICIONAL

Quinta. Procedimientos de conflicto.

El plazo para instar todo tipo de conflictos a la Comisión Nacional de Energía será de un mes. El plazo para resolver y notificar será de tres meses, transcurrido el cual se entenderán desestimadas las pretensiones del solicitante.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003