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Da 9 Decreto38/2006,de11-04-2006,porelqueseregulaenelámbitodeCastilla-LaManchaelPlanEstataldeVivienda2005-2008ysedesarrollaelIVPlanRegionaldeViviendaySuelodeCastilla-LaManchahorizonte2010.

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DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA. Tratamiento de los datos de mujeres víctimas de malos tratos y de víctimas de terrorismo.

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Al objeto de preservar la identidad de las mujeres víctimas de malos tratos y de las víctimas de terrorismo en las actuaciones protegidas en materia de vivienda, desde la Consejería de Vivienda y Urbanismo, se desarrollarán en coordinación con las asociaciones e instituciones que representen a los colectivos indicados, las medidas de gestión necesarias para intentar contribuir a la mencionada preservación, tales como codificaciones especiales u otras de carácter similar, y siempre con el estricto cumplimiento de los requisitos para el acceso a las viviendas y a las actuaciones protegidas establecidos en el presente Decreto.