Da �nica Criterios para determinar cuándo los residuos termoplásticos dejan de ser residuo
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»D.A. Única. Codificación de la operación de valorización en las autorizaciones de los gestores de residuos que cumplan con esta orden.
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Para todos aquellos gestores finales que hayan comunicado a la autoridad competente de la comunidad autónoma el cumplimiento de esta orden conforme a lo establecido en el artículo 3.2, en la autorización de su instalación se hará constar como operación de valorización final sobre los residuos plásticos la codificada como «R0307 Reciclado de residuos orgánicos para la producción de materiales o sustancias».

