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Da �nica DECRETO2/2006,de10deenero,delGobiernodeAragon,porelqueseapruebaelReglamentodelaproduccion,posesionygestionderesiduosindustrialesnopeligrososydelregimenjuridicodelserviciopublicodeeliminacionderesiduosindustrialesnopeligrososnosusceptiblesdevalorizacionenlaComunidadAutonomadeAragon.

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D.A. UNICA.-Puesta en funcionamiento de las instalaciones del servicio público.

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El Consejero competente en materia de Medio Ambiente acordará, mediante orden, en los distintos casos, la fecha de entrada en servicio de las instalaciones en las que se preste el servicio público para la eliminación de los residuos industrialesno peligrosos no susceptibles de valorización de Aragón en el momento en que sea técnicamente posible su explotación.