Ddt 1 Forestal de Andalucía

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D. DT. 1ª

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A partir de la entrada en vigor de la presente Ley, queda derogado expresamente el artículo 31 de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, así como cuantas disposiciones se opongan a la presente Ley.