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Ddt �nica Medidas urgentes en materia de régimen sancionador de espectáculos públicos y actividades recreativas ocasionales o extraordinarias y de establecimientos públicos

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D.DT. Única.

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1. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan a lo previsto en el presente decreto-ley.

2. En particular, quedan derogadas:

a) La Ley 9/2016, de 2 de junio, de medidas urgentes en materia de espectáculos públicos en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

b) El Título III de la Ley 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia.