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Ddt �nica Servicio jurídico de la Administración de la Junta

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1. Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) La Ley 4/2003, de 27 de febrero, de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b) Todas las normas de igual o inferior rango que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.

2. El Decreto 128/1987, de 22 de septiembre, de organización y funciones del Gabinete Jurídico, permanecerá en vigor, en lo que no contradiga a la presente ley, hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de la misma.