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Decreto 99/2010, de 27 de agosto, por el cual se regulan los archivos de la Administracion de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears y de las entidades que integran su sector publico instrumental - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 07-09-2010

Tiempo de lectura: 7 min

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Ambito: Baleares

Estado: VIGENTE. Validez desde 08 de Septiembre de 2010

Órgano emisor: CONSELLERIA D EDUCACIO I CULTURA

Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 131

F. Publicación: 07/09/2010

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. FUNCIONES Y ORGANIZACIÓN DE LOS ARCHIVOS.
SECCIÓN I. ARCHIVO GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS.
Artículo 3. Funciones del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Artículo 4. Adscripción del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
SECCIÓN II. ARCHIVOS CENTRALES DE LAS CONSEJERÍAS Y ARCHIVOS DE GESTIÓN.
Artículo 5. Funciones de los archivos centrales de las consejerías. Artículo 6. Adscripción de los archivos centrales de las consejerías. Artículo 7. Funcionamiento de los archivos centrales. Artículo 8. Archivos de gestión.
SECCIÓN III. OTROS ARCHIVOS.
Artículo 9. Archivos de los organismos autónomos, empresas públicas con vinculación o adscritas a las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y fundaciones del sector público autonómico. Artículo 10. Archivos de los consorcios.
CAPÍTULO III. SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL.
Artículo 11. Concepto y características del sistema. Artículo 12. Responsables de los archivos. Artículo 13. Funciones de los responsables de los archivos de gestión. Artículo 14. Funciones de los responsables de los archivos centrales. Artículo 15. Funciones del personal responsable del Archivo General de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Artículo 16. Personal con funciones de gestión documental y deber de sigilo.
CAPÍTULO IV. COMISIÓN DE CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE DOCUMENTOS.
Artículo 17. Creación y funciones de la Comisión de Calificación y Evaluación de Documentos. Artículo 18. Composición y régimen de la Comisión de Calificación y Evaluación de Documentos.
CAPÍTULO V. TÉCNICAS DE TRATAMIENTO DOCUMENTAL.
Artículo 19. Identificación y clasificación. Artículo 20. Evaluación. Artículo 21. Transferencias de los documentos a los archivos. Artículo 22. Documentos de Archivo no evaluables. Artículo 23. Documentos de conservación permanente. Artículo 24. Eliminación de documentos. Artículo 25. Documentos susceptibles de ser eliminado. Artículo 26. Destrucción física de documentos.
CAPÍTULO VI. ACCESO A LOS DOCUMENTOS DE TITULARIDAD PÚBLICA.
Artículo 27. Consulta interna. Artículo 28. Acceso de los ciudadanos a los documentos públicos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA. DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.