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DECRETO-LEY 5/2020, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. - Boletín Oficial de Aragón de 30-06-2020

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: Aragón

Estado: DEROGADO. Desde 25 de Mayo de 2021 por LEY 3/2021, de 20 de mayo, por la que se regula la Prestacion Aragonesa Complementaria del Ingreso Minimo Vital y el Servicio Publico Aragones de Inclusion Social.

F. entrada en vigor: 30/06/2020

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE CIUDADANIA Y DERECHOS SOCIALES

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 128

F. Publicación: 30/06/2020

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
CAPÍTULO II. Prestación Aragonesa Complementaria del IMV
Artículo 2. Concepto y naturaleza. Artículo 3. Personas beneficiarias. Artículo 4. Cuantía. Artículo 5. Duración. Artículo 6. Devengo. Artículo 7. Tramitación.
CAPÍTULO III. Servicio Público Aragonés de Inclusión Social
Artículo 8. Concepto y naturaleza. Artículo 9. Objetivos. Artículo 10. Prestaciones, programas e Instrumentos de inclusión. Artículo 11. Distribución competencial y deber de cooperación. Artículo 12. Participación de la iniciativa social.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Determinación de personas beneficiarias de la Prestación Aragonesa Complementaria del IMV. D.A. 2ª. Prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales. D.A. 3ª. Medidas en relación con el abono y justificación de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo concedidas en la convocatoria correspondiente al año 2019.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Tramitación de las solicitudes del IAI presentadas a partir del 1 de junio de 2020. D.T. 2ª. Titulares del Ingreso Aragonés de Inserción a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-Ley. D.T. 3ª. Titulares de prestaciones de ayuda de integración familiar de pago periódico a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto-Ley. D.T. 4ª. Titulares de pensiones no contributivas que figuren de alta como perceptores a diciembre de 2020. D.T. 5ª. Titulares del Ingreso Aragonés de Inserción que cumplan durante 2020 los requisitos para acceder a una pensión no contributiva. D.T. 6ª. Titulares del Ingreso Aragonés de Inserción que no cumplan los requisitos para acceder a una pensión no contributiva de jubilación.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón. D.F. 2ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 3ª. Entrada en vigor.