Df 1 accesibilidad universal en los espacios de uso público
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»D.F. 1ª. Adaptación a la normativa básica más favorable
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En el supuesto de modificación de la normativa básica estatal y las condiciones básicas en un sentido más exigente y favorable en cuanto a la accesibilidad de lo previsto en este Decreto, el Gobierno de las Illes Balears tendrá que adaptar este Decreto por vía de urgencia en un periodo no superior a seis meses, a pesar de que mientras tanto se apliquen los criterios previstos como condiciones básicas de la norma estatal.
