Df 1 Aprovechamiento eólico, canon eólico y Fondo de Compensación Ambiental
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación normativa.
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La Xunta de Galicia dictará cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo reglamentario de la presente Ley. Se autoriza a la consejería competente en materia de hacienda a aprobar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación del canon eólico.
Modificaciones
- Artículo modificado (Disposición final primera) por Ley 2/2013, de 27 de febrero, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.
(BOE de 18-04-2013) en vigor desde 01-03-2013
