Df 1 ayudas extraordinarias y otras medidas urgentes para la recuperación de las zonas afectadas por los incendios forestales acaecidos en Extremadura durante el verano de 2025 y en materia preventiva de incendios forestales
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»D.F. 1ª. Habilitación normativa.
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1. Se habilita al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo del presente Decreto-ley.
2. Se faculta a las personas titulares de las consejerías competentes para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo previsto en este Decreto-ley dentro de sus respectivos ámbitos competenciales y, en particular, a la persona titular de la Consejería competente en materia de gestión forestal para la modificación del Anexo I mediante resolución.
