Df 1 Conservación de la Naturaleza de Cantabria
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Habilitación reglamentaria.
Vigente
Se faculta al Consejo de Gobierno de Cantabria para el desarrollo reglamentario de las disposiciones de la presente Ley.
Se faculta al Consejo de Gobierno de Cantabria para el desarrollo reglamentario de las disposiciones de la presente Ley.