Df 1 Medidas Tributarias y Administrativas
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»D.F. 1ª. Delegación legislativa. Autorización al Gobierno de Aragón para refundir disposiciones vigentes en materia de salud.
Vigente
1. En el plazo de un año tras la entrada en vigor de esta Ley, el Gobierno de Aragón aprobará el Decreto Legislativo que refunda la Ley 2/1989, de 21 de abril, del Servicio Aragonés de Salud, modificada por la Ley 8/1999, de 9 de abril, de reforma de la anterior; por la Ley 13/2000, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas; por la Ley 26/2001, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas; por la Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón, y por la presente Ley.
2. La autorización a que se refiere esta disposición incluye la facultad de regularizar, aclarar y armonizar el texto legal que ha de ser refundido.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2003 en vigor desde 01-01-2004