Df 1 Normalización del uso de las lenguas oficiales en las instituciones locales
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»D.F. 1ª. Estructura y organización del Nomenclátor geográfico oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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La estructura y organización del Nomenclátor geográfico oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco regulado en el artículo 47 del presente Decreto se determinará mediante orden de la persona titular del departamento competente en materia de cartografía oficial básica del sector público.
Modificaciones
- Artículo modificado (D.F. 1ª) por DECRETO 41/2022, de 5 de abril, de modificación del Decreto sobre normalización del uso institucional y administrativo de las lenguas oficiales en las Instituciones Locales de Euskadi.
(PV de 22-04-2022) en vigor desde 23-04-2022
