Df 1 Operaciones 2013 de cierre y apertura del ejercicio presupuestario
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»D.F. 1ª. Interpretación y desarrollo
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Se faculta a la Intervención General para dictar las instrucciones oportunas para aplicar y desarrollar los procedimientos instrumentales que se prevén en la presente orden, así como para modificar con carácter excepcional las fechas que se fijan en la misma, para poder cumplir con lo que dispone el artículo 9.3.
