Df 1 el que se regula el regimen juridico de las concesiones para la prestacion del servicio de television local por ondas terrestres en el ambito territorial de las Illes Balears
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»DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Facultades de desarrollo.
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Se faculta al Consejero competente en materia de radiodifusión para que dicte las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y la aplicación del presente Decreto.
